La notaria especializada en herencias explica cómo hacer frente a este tributo directamente de la cuantía recibida y sin añadir disposiciones
No planificar correctamente un testamento puede suponer un largo periodo de trámites y pago de impuestos para los herederos. Sin embargo, esté bien o no redactado el documento, existe un tributo que siempre se debe pagar antes de recibir una herencia: el impuesto de sucesiones. Algo que podrá solventarse directamente de la herencia, sin necesidad de cláusulas.Debido a la complejidad de los trámites que se deben realizar a la hora de recibir una herencia, y con el incentivo de permitir a los herederos ahorrar algo de dinero, muchos gurús publican vídeos en redes sociales aconsejando a los sucesores para evitar complicaciones con el testamento. No obstante, como advierte la notaria Cristina Clemente Buendía, no siempre es cierto todo lo que dicen.Uno de los falsos consejos más repetidos por las redes sociales es la necesidad de incluir una supuesta «cláusula de libre disposición» en el testamento, para lograr que los herederos no tengan que pagar el impuesto de sucesiones o hacerlo utilizando el dinero de la herencia. Algo que, como explica la notaria, ya aparece estipulado en la ley sin necesidad de incluir ninguna «cláusula inventada».La ley permite disponer de la herencia para pagar el Impuesto de SucesionesEn primer lugar, cabe recordar que el impuesto de sucesiones y donaciones es aquel tributo directo con el que se gravan los bienes que reciben los herederos. Este debe pagarse en un plazo de seis meses a partir del día del fallecimiento del causante y debe realizarse en la comunidad autónoma en la que este haya perecido o en la que se encuentre el bien que se vaya a recibir. Al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, su cuantía varía según la región.Por ello, algunas personas no cuentan con el dinero suficiente para poder pagar y optan por buscar otras maneras, legales, de hacer frente a este tributo. A pesar de ello, «no podemos incluir en el testamento una cláusula inventada por algún gurú jurídico, porque es la Ley, en concreto, el artículo 80.2, apartado tercero del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones, la que permite disponer del dinero de la cuenta del causante para poder pagar el impuesto de sucesiones», asegura.¿Cómo pagar el impuesto de sucesiones con el dinero de la herencia?Para ello, solamente se deberán seguir una serie de pasos. En primer lugar, será necesario acudir a la entidad bancaria del fallecido y en la que se encuentra el dinero de la herencia para informarles de la defunción del titular de la cuenta y la intención de emplear dicha cuantía para hacer frente al Impuesto de Sucesiones. También se deberá solicitar un certificado del saldo de la cuenta o cuentas con las que se va a realizar el pago.Con este fin, será necesario acreditar que se es el heredero de dicha riqueza. Para ello, se deberán presentar documentos como «el certificado de defunción, el de últimas voluntades, la copia autorizada del último testamento o, si no lo hizo, el acta de noto
No planificar correctamente un testamento puede suponer un largo periodo de trámites y pago de impuestos para los herederos. Sin embargo, esté bien o no redactado el documento, existe un tributo que siempre se debe pagar antes de recibir una herencia: el impuesto de sucesiones. Algo que podrá solventarse directamente de la herencia, sin necesidad de cláusulas. Debido a la complejidad de los trámites que se deben realizar a la hora de recibir una herencia, y con el incentivo de permitir a los herederos ahorrar algo de dinero, muchos gurús publican vídeos en redes sociales aconsejando a los sucesores para evitar complicaciones con el testamento. No obstante, como advierte la notaria Cristina Clemente Buendía, no siempre es cierto todo lo que dicen. Uno de los falsos consejos más repetidos por las redes sociales es la necesidad de incluir una supuesta «cláusula de libre disposición» en el testamento, para lograr que los herederos no tengan que pagar el impuesto de sucesiones o hacerlo utilizando el dinero de la herencia. Algo que, como explica la notaria, ya aparece estipulado en la ley sin necesidad de incluir ninguna «cláusula inventada». La ley permite disponer de la herencia para pagar el Impuesto de Sucesiones En primer lugar, cabe recordar que el impuesto de sucesiones y donaciones es aquel tributo directo con el que se gravan los bienes que reciben los herederos. Este debe pagarse en un plazo de seis meses a partir del día del fallecimiento del causante y debe realizarse en la comunidad autónoma en la que este haya perecido o en la que se encuentre el bien que se vaya a recibir. Al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, su cuantía varía según la región. Por ello, algunas personas no cuentan con el dinero suficiente para poder pagar y optan por buscar otras maneras, legales, de hacer frente a este tributo. A pesar de ello, «no podemos incluir en el testamento una cláusula inventada por algún gurú jurídico, porque es la Ley, en concreto, el artículo 80.2, apartado tercero del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones, la que permite disponer del dinero de la cuenta del causante para poder pagar el impuesto de sucesiones», asegura. ¿Cómo pagar el impuesto de sucesiones con el dinero de la herencia? Para ello, solamente se deberán seguir una serie de pasos. En primer lugar, será necesario acudir a la entidad bancaria del fallecido y en la que se encuentra el dinero de la herencia para informarles de la defunción del titular de la cuenta y la intención de emplear dicha cuantía para hacer frente al Impuesto de Sucesiones. También se deberá solicitar un certificado del saldo de la cuenta o cuentas con las que se va a realizar el pago. Con este fin, será necesario acreditar que se es el heredero de dicha riqueza. Para ello, se deberán presentar documentos como «el certificado de defunción, el de últimas voluntades, la copia autorizada del último testamento o, si no lo hizo, e
