El Tribunal Constitucional admitió a trámite a finales del pasado mes de marzo un recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno español contra varios preceptos de la ley de protección y ordenación de la costa valenciana, aprobada por Les Corts Valencianes en mayo de 2025 porque colisionaba con la legislación estatal. El tribunal suspendió entonces el artículo 17 y la disposición final primera, objeto de polémica desde su redacción porque pretende proteger los asentamientos “de interés etnológico del litoral” o “núcleos costeros tradicionales” de los deslindes a los que obliga la ley estatal. Y ahora el pleno del Constitucional ha decidido mantener la suspensión de ambos artículos de la legislación valenciana pese a las alegaciones de la Generalitat.. Seguir leyendo
El Tribunal Constitucional admitió a trámite a finales del pasado mes de marzo un recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno español contra varios preceptos de la ley de protección y ordenación de la costa valenciana, aprobada por Les Corts Valencianes en mayo de 2025 porque colisionaba con la legislación estatal. El tribunal suspendió entonces el artículo 17 y la disposición final primera, objeto de polémica desde su redacción porque pretende proteger los asentamientos “de interés etnológico del litoral” o “núcleos costeros tradicionales” de los deslindes a los que obliga la ley estatal. Y ahora el pleno del Constitucional ha decidido mantener la suspensión de ambos artículos de la legislación valenciana pese a las alegaciones de la Generalitat.. El Constitucional levanta, sin embargo, el bloqueo de la disposición adicional cuarta del texto autonómico, que permite al Gobierno valenciano elaborar un inventario de estos núcleos de casas de costa para solicitar al Estado la modificación de los deslindes y desafectación de los inmuebles. Muchos de estos núcleos provienen de concesiones de legislaciones de costas de los años 30 o 40 en España y tienen fecha de caducidad.. El Boletín Oficial del Estado publicó este pasado lunes el auto del pleno del TC del pasado 21 de julio en el que se pronuncia sobre las alegaciones que presentó la Mesa de Les Corts Valencianes y de la Generalitat, que pedían el levantamiento de la suspensión acordada por el alto tribunal el pasado mes de marzo.. Los grupos parlamentarios de PP y Vox aprobaron en mayo de 2025, con Carlos Mazóm, del PP, todavía en la presidencia del Consell, la nueva ley de protección y ordenación de la costa valenciana, tramitada con urgencia, que pretende salvaguardar o compensar a los propietarios de los inmuebles afectados por los deslindes de la ley de Costas y compatibilizar su protección con la actividad económica.. “Es una ley que lucha por los núcleos costeros con valor etnológico. Nos oponemos con esta ley a los deslindes y en contra de expropiaciones sin indemnizaciones a sus legales propietarios”, defendió el grupo parlamentario del PP durante el debate parlamentario de la ley, en alusión a los afectados por los deslindes de la ley de Costas, propietarios de casas en el litoral en municipios como Cabanes, Tavernes, Guardamar del Segura o Dénia.. El Gobierno sostiene ante el Constitucional que los preceptos impugnados podrían vulnerar la normativa básica estatal de Costas. La Abogacía del Estado ha alegado que la jurisprudencia del Supremo ha reconocido “de forma constante” la competencia exclusiva del Estado en materia de deslinde y desafectación del dominio público marítimo-terrestre y apunta que el levantamiento de la suspensión podría “propiciar la consolidación de situaciones jurídicas cuya reversión resultaría especialmente gravosa en caso de estimación del recurso de inconstitucionalidad” y podría ocasionar “perjuicios irreparables para la protección del medio ambiente”.. Y la Abogacía del Estado ha puesto de ejemplo las edificaciones de la playa de Babilonia de Guardamar del Segura, en Alicante, un espacio integrado en la Red Natura 2000 sobre el que la Administración central había venido desarrollando actuaciones dirigidas a la recuperación del dominio público marítimo-terrestre, y donde las concesiones administrativas que amparaban esas edificaciones “fueron extinguidas” y la Administración del Estado acordó su demolición por razones medioambientales y de seguridad. Esas decisiones fueron confirmadas por la Audiencia Nacional y por el Tribunal Supremo”. Por su parte, la Generalitat y el Parlamento autonómico han alegado que los preceptos impugnados no invaden las competencias estatales sobre el dominio público marítimo-terrestre, ya que “se limitan a prever actuaciones cuya efectividad depende, en último término, de las decisiones que adopte el Estado en el ejercicio de sus competencias”. La Administración autonómica sostiene que dichos preceptos de su ley “carecen de efectos directos o inmediatos y que en el recurso de inconstitucionalidad no se identifican perjuicios de imposible o difícil reparación que justifiquen el mantenimiento de la suspensión”.. Sin embargo, un informe de la Dirección General de la Costa y del Mar, puso de relieve que, tras la entrada en vigor de la ley valenciana de costas, la Generalitat “adoptó medidas cautelares de protección respecto de dicho enclave y comunicó posteriormente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la admisión a trámite de la solicitud de declaración de la playa de Babilonia como núcleo urbano de especial valor etnológico”.. El documento añade que, en ese contexto, las demoliciones previstas “no llegaron a iniciarse en la fecha programada”. Y advierte de que la situación medioambiental de este enclave continua deteriorándose y la permanencia de las edificaciones dificulta la recuperación natural de la playa.. El Constitucional apunta que no le corresponde determinar ahora sobre el fondo del recurso pero subraya que lo relevante en este momento es que la documentación aportada “permite apreciar que la aplicación del régimen jurídico establecido por el artículo 17 ha tenido ya incidencia efectiva sobre actuaciones estatales de protección y regeneración del dominio público marítimo-terrestre, permaneciendo entre tanto la situación de degradación ambiental descrita en el informe”.
El Parlamento autonómico aprobó en 2025, con los votos de PP y Vox, una norma para proteger los inmuebles situados en dominio marítimo-terrestre
