El experto contextualiza sobre un documento alternativo que justifica esta causa, aunque cuenta con menos ventajas que la baja médica
Según los datos recogidos en el primer trimestre de 2025, las personas que se encontraban de baja médica siguen por encima del millón, conformando un total de 1.197.097 trabajadores, con un incremento del 5% respecto al cuarto trimestre del año anterior. La cifra refleja un escenario sostenido de ausencias laborales por motivos de salud y reabre el debate sobre la presión que esto ejerce sobre empresas y administraciones. El aumento se concentra especialmente en los procesos de incapacidad temporal vinculados a enfermedades comunes, que representan la mayor parte de los casos registrados.. En España, el procedimiento para solicitar una baja médica comienza en el centro de salud, donde el profesional sanitario evalúa el estado del trabajador y determina si existe incapacidad para desempeñar sus funciones. Una vez emitido el parte de baja, el empleado debe entregarlo a su empresa en un plazo breve con el fin de notificar oficialmente la situación. A partir de ese momento se activan los mecanismos de seguimiento médico que establecen revisiones periódicas y la expedición de partes de confirmación hasta que el paciente obtiene el alta y puede reincorporarse.. El salario durante la baja médica se reparte entre la empresa y la Seguridad Social según el tipo de contingencia y el tiempo transcurrido desde el inicio de la incapacidad. En casos de enfermedad común la empresa asume el pago durante los primeros días y la administración pública se encarga del resto, mientras que en accidentes laborales la cobertura es inmediata a través de las mutuas. Los plazos de percepción económica y los porcentajes aplicados varían en función de la causa y la duración de la baja, configurando un modelo que busca equilibrar la protección del trabajador con la sostenibilidad del sistema.. El parte médico alternativo a la baja. Juan Manuel Lorente, abogado laboralista que se ha dado a conocer por sus publicaciones divulgativas en redes sociales, expone la alternativa que puedes solicitar al responsable sanitario con vistas a ausentarte del trabajo. «¿Puedes faltar al trabajo si no te encuentras bien pero el médico no te ha dado la baja médica? Pues técnicamente sí, pero necesitas un documento muy importante», comienza explicando el experto. Este supuesto es desconocido para muchos pero puede salvarte de un apuro si verdaderamente no puedes ejercer tu actividad laboral en el puesto habitual por motivos físicos. «El médico, aunque no te dé la baja médica como tal, te tiene que dar un parte médico en el que se especifique que necesitas reposo», confirma.. No obstante, este parte médico cuenta con un periodo máximo de estancia que se debe cumplir al pie de la letra. «Este reposo como máximo puede durar 72 horas, que es el tiempo máximo que puedes faltar a tu trabajo, son tres días», añade. Por ende, si tras este espacio sigues encontrándote en condiciones no óptimas para elaborar tu tarea, lo recomendable es volver a acudir al médico. «Obviamente, si faltas al trabajo y no tienes baja médica y lo que tienes es este parte no vas a cobrar estos tres días, pero, eso sí, la empresa no te va a poder despedir por esta razón ni sancionarte de ningún modo», aclara para evitar confusiones.. ¿Qué parte es más recomendable de los dos?. Pese a que esto no conforma una libre elección, pues finalmente termina siendo el profesional sanitario el encargado de dictar sentencia, en base a los fundamentos ya analizados, Lorente lo tiene claro, pero antes incide en la necesidad de alguno de los dos. «Si te encuentras mal o tienes este parte de reposo o tienes este parte de baja, como no tengas ninguno son faltas injustificadas», agrega ante la duda. Por norma general, no habrá ningún problema si la lesión es cierta. «Yo siempre recomiendo que mejor la baja médica que el parte de reposo, porque obviamente genera mucho menos problemas, pero si lo que tienes es eso pues no te preocupes porque puedes faltar al trabajo y la empresa no te podrá decir nada», concluye.
Según los datos recogidos en el primer trimestre de 2025, las personas que se encontraban de baja médica siguen por encima del millón, conformando un total de 1.197.097 trabajadores, con un incremento del 5% respecto al cuarto trimestre del año anterior. La cifra refleja un escenario sostenido de ausencias laborales por motivos de salud y reabre el debate sobre la presión que esto ejerce sobre empresas y administraciones. El aumento se concentra especialmente en los procesos de incapacidad temporal vinculados a enfermedades comunes, que representan la mayor parte de los casos registrados.. En España, el procedimiento para solicitar una baja médica comienza en el centro de salud, donde el profesional sanitario evalúa el estado del trabajador y determina si existe incapacidad para desempeñar sus funciones. Una vez emitido el parte de baja, el empleado debe entregarlo a su empresa en un plazo breve con el fin de notificar oficialmente la situación. A partir de ese momento se activan los mecanismos de seguimiento médico que establecen revisiones periódicas y la expedición de partes de confirmación hasta que el paciente obtiene el alta y puede reincorporarse.. El salario durante la baja médica se reparte entre la empresa y la Seguridad Social según el tipo de contingencia y el tiempo transcurrido desde el inicio de la incapacidad. En casos de enfermedad común la empresa asume el pago durante los primeros días y la administración pública se encarga del resto, mientras que en accidentes laborales la cobertura es inmediata a través de las mutuas. Los plazos de percepción económica y los porcentajes aplicados varían en función de la causa y la duración de la baja, configurando un modelo que busca equilibrar la protección del trabajador con la sostenibilidad del sistema.. El parte médico alternativo a la baja. Juan Manuel Lorente, abogado laboralista que se ha dado a conocer por sus publicaciones divulgativas en redes sociales, expone la alternativa que puedes solicitar al responsable sanitario con vistas a ausentarte del trabajo. «¿Puedes faltar al trabajo si no te encuentras bien pero el médico no te ha dado la baja médica? Pues técnicamente sí, pero necesitas un documento muy importante», comienza explicando el experto. Este supuesto es desconocido para muchos pero puede salvarte de un apuro si verdaderamente no puedes ejercer tu actividad laboral en el puesto habitual por motivos físicos. «El médico, aunque no te dé la baja médica como tal, te tiene que dar un parte médico en el que se especifique que necesitas reposo», confirma.. No obstante, este parte médico cuenta con un periodo máximo de estancia que se debe cumplir al pie de la letra. «Este reposo como máximo puede durar 72 horas, que es el tiempo máximo que puedes faltar a tu trabajo, son tres días», añade. Por ende, si tras este espacio sigues encontrándote en condiciones no óptimas para elaborar tu tarea, lo recomendable es volver a acudir al médico. «Obviamente, si faltas al trabajo y no tienes baja médica y lo que tienes es este parte no vas a cobrar estos tres días, pero, eso sí, la empresa no te va a poder despedir por esta razón ni sancionarte de ningún modo», aclara para evitar confusiones.. ¿Qué parte es más recomendable de los dos?. Pese a que esto no conforma una libre elección, pues finalmente termina siendo el profesional sanitario el encargado de dictar sentencia, en base a los fundamentos ya analizados, Lorente lo tiene claro, pero antes incide en la necesidad de alguno de los dos. «Si te encuentras mal o tienes este parte de reposo o tienes este parte de baja, como no tengas ninguno son faltas injustificadas», agrega ante la duda. Por norma general, no habrá ningún problema si la lesión es cierta. «Yo siempre recomiendo que mejor la baja médica que el parte de reposo, porque obviamente genera mucho menos problemas, pero si lo que tienes es eso pues no te preocupes porque puedes faltar al trabajo y la empresa no te podrá decir nada», concluye.
