Un jubilado, que había estado recibiendo su pensión durante cuatro años, aceptó un puesto temporal de tiempo completo durante un mes, no informó sobre su terminación y ahora debe a la Seguridad Social 3.162,93 euros.
A partir del 26 de octubre de 2022, el hombre comenzó a recibir sus pagos contributivos de pensión. Durante la solicitud inicial, declaró que no continuaría trabajando después de la jubilación. Sin embargo, desde el 23 de octubre de 2012 hasta el 23 de noviembre de 2022, estuvo empleado a tiempo completo en una empresa de ingeniería mientras contribuía a su pensión. No notificó al Instituto Nacional de Seguridad Social su intención de jubilarse de forma flexible, que es un paso necesario para ser elegible. En consecuencia, el INSS solicitó el reembolso. Tras la confirmación de la doble circunstancia por parte del INSS, se abrió un expediente y se dictó una decisión el 8 de mayo de 2023. Mencionó en el documento que el jubilado había recibido erróneamente 3.162,93 EUR en ese mes, que incluía el importe total de la pensión junto con la retención del IRPF. Para facilitar el reembolso, se fijaron cuatro reducciones mensuales del pago: tres de 1 018,3 1623 EUR y una de 107,19 EUR. El individuo había presentado previamente una queja, pero fue denegada por la oficina provincial del INSS. Posteriormente, presentó el asunto ante el 5o Tribunal Social de Granada. El 23 de enero de 2025, el tribunal desestimó su argumento y confirmó la elección administrativa.
A partir del 26 de octubre de 2022, el hombre comenzó a recibir sus pagos contributivos de pensión. Durante la solicitud inicial, declaró que no continuaría trabajando después de la jubilación. Sin embargo, desde el 23 de octubre de 2012 hasta el 23 de noviembre de 2022, estuvo empleado a tiempo completo en una empresa de ingeniería mientras contribuía a su pensión. No notificó al Instituto Nacional de Seguridad Social su intención de jubilarse de forma flexible, que es un paso necesario para ser elegible. En consecuencia, el INSS solicitó el reembolso. Tras la confirmación de la doble circunstancia por parte del INSS, se abrió un expediente y se dictó una decisión el 8 de mayo de 2023. Mencionó en el documento que el jubilado había recibido erróneamente 3.162,93 EUR en ese mes, que incluía el importe total de la pensión junto con la retención del IRPF. Para facilitar el reembolso, se fijaron cuatro reducciones mensuales del pago: tres de 1 018,3 1623 EUR y una de 107,19 EUR. El individuo había presentado previamente una queja, pero fue denegada por la oficina provincial del INSS. Posteriormente, presentó el asunto ante el 5o Tribunal Social de Granada. El 23 de enero de 2025, el tribunal desestimó su argumento y confirmó la elección administrativa.
