El experto explica esta acción restrictiva que no mucha gente conoce y que es de vital importancia para no perder la prestación por desempleo
El número de personas desempleadas en España se situó en noviembre en 2.424.961, lo que representa una disminución de 18.805 respecto al mes anterior y un 6,23% menos que en el mismo mes del año anterior. A pesar de esta mejora, muchas personas que cobran el paro desconocen las prácticas que pueden comprometer su prestación. La normativa establece una serie de obligaciones y restricciones que buscan garantizar que la ayuda se utilice correctamente mientras se busca activamente un empleo.. Entre las malas praxis que no se deben llevar a cabo se encuentra trabajar de forma encubierta mientras se percibe la prestación. Realizar cualquier actividad laboral, incluso por pocas horas o de manera eventual, sin comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal constituye un fraude y puede derivar en la pérdida total de la ayuda e incluso en sanciones económicas. Asimismo, falsificar documentación o dar información falsa sobre la búsqueda de empleo se considera un incumplimiento grave que puede acarrear consecuencias legales. Otra de las restricciones importantes es la obligación de participar en cursos o programas de formación ofrecidos por los servicios públicos de empleo.. Negarse sin justificación puede suponer la suspensión temporal o definitiva de la prestación. Además, existen prohibiciones sobre realizar actividades que impidan la disponibilidad inmediata para trabajar, como residir fuera del país sin autorización o ausentarse de las entrevistas y gestiones relacionadas con la búsqueda activa de empleo. Estas reglas buscan proteger el sistema de prestaciones y asegurar que quienes cobran el paro cumplan con su responsabilidad de reincorporarse al mercado laboral. Sin embargo, existe otra restricción que no muchos contemplan.. La práctica que podría suspender el cobro del paro. Sebastián Ramírez, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de «Leyes con Sebas» por sus vídeos divulgativos sobre los derechos laborales de los trabajadores, expone una variable que no es conocida por el público general que cobra esta prestación por desempleo. «Si estás cobrando el paro no puedes viajar y hay mucha gente que no lo sabe y que está equivocada. Solo hay unas pocas excepciones que lo permiten y son estas», comienza explicando el experto en derecho. A menudo, aquellos que se hallan cobrando esta ayuda cuentan con recursos limitados, pues se concibe como el apoyo necesario para que tus ingresos no cuenten con una bajada definitiva hasta que encuentres un nuevo empleo, pero esta práctica podría suspender los meses que te queden de abono.. En este sentido, el factor decisivo que determina el peligro es el tiempo que dure el viaje en cuestión. «Si sales de España hasta quince días al año, puedes hacerlo sin perder la prestación, pero es obligatorio comunicarlo antes al Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE). No avisar es un error grave. Durante ese tiempo sigues cobrando con normalidad, siempre que mantengas el resto de obligaciones», confirma. Este caso es el más común para todos los perceptores, cuando esta cuantía aumenta, se produce la paralización del paro.. «Si tu viaje dura entre quince y noventa días se suspende la prestación, pero cuando regreses te la seguirán dando aunque también necesitas autorización», señala. En este sentido, es de vital importancia contar con el escrito que acredite toda la información necesaria sobre los pagos previos y aquellos que todavía te pertenecen, además de, por supuesto, la aprobación de la Administración. Sin embargo, ¿qué sucede si el ciudadano excede esta cantidad de día de viaje?. Cuidado con viajes largos: el riesgo que corres. Ramírez es claro en estos casos y menciona las dificultades que puede afrontar un contribuyente que lleve a cabo esta práctica. «Si son más de noventa días es muy difícil que al regresar te vuelvan a permitir seguir cobrándolo», sentencia. Durante este periodo se paraliza el cobro, al igual que en el caso anterior, pero además lo más seguro es que pierdas por completo la prestación. «En definitiva, si estás cobrando el paro ten mucho cuidado a la hora de viajar, no vaya a ser que luego tengas problemas. La clave está en una sola cosa: avisar siempre y respetar los plazos, porque la ley aquí es estricta y no suele perdonar errores», concluye como aviso final para todos los que se encuentren en esta situación o estén pensando en hacerlo.
El número de personas desempleadas en España se situó en noviembre en 2.424.961, lo que representa una disminución de 18.805 respecto al mes anterior y un 6,23% menos que en el mismo mes del año anterior. A pesar de esta mejora, muchas personas que cobran el paro desconocen las prácticas que pueden comprometer su prestación. La normativa establece una serie de obligaciones y restricciones que buscan garantizar que la ayuda se utilice correctamente mientras se busca activamente un empleo.. Entre las malas praxis que no se deben llevar a cabo se encuentra trabajar de forma encubierta mientras se percibe la prestación. Realizar cualquier actividad laboral, incluso por pocas horas o de manera eventual, sin comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal constituye un fraude y puede derivar en la pérdida total de la ayuda e incluso en sanciones económicas. Asimismo, falsificar documentación o dar información falsa sobre la búsqueda de empleo se considera un incumplimiento grave que puede acarrear consecuencias legales. Otra de las restricciones importantes es la obligación de participar en cursos o programas de formación ofrecidos por los servicios públicos de empleo.. Negarse sin justificación puede suponer la suspensión temporal o definitiva de la prestación. Además, existen prohibiciones sobre realizar actividades que impidan la disponibilidad inmediata para trabajar, como residir fuera del país sin autorización o ausentarse de las entrevistas y gestiones relacionadas con la búsqueda activa de empleo. Estas reglas buscan proteger el sistema de prestaciones y asegurar que quienes cobran el paro cumplan con su responsabilidad de reincorporarse al mercado laboral. Sin embargo, existe otra restricción que no muchos contemplan.. La práctica que podría suspender el cobro del paro. Sebastián Ramírez, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de «Leyes con Sebas» por sus vídeos divulgativos sobre los derechos laborales de los trabajadores, expone una variable que no es conocida por el público general que cobra esta prestación por desempleo. «Si estás cobrando el paro no puedes viajar y hay mucha gente que no lo sabe y que está equivocada. Solo hay unas pocas excepciones que lo permiten y son estas», comienza explicando el experto en derecho. A menudo, aquellos que se hallan cobrando esta ayuda cuentan con recursos limitados, pues se concibe como el apoyo necesario para que tus ingresos no cuenten con una bajada definitiva hasta que encuentres un nuevo empleo, pero esta práctica podría suspender los meses que te queden de abono.. En este sentido, el factor decisivo que determina el peligro es el tiempo que dure el viaje en cuestión. «Si sales de España hasta quince días al año, puedes hacerlo sin perder la prestación, pero es obligatorio comunicarlo antes al Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE). No avisar es un error grave. Durante ese tiempo sigues cobrando con normalidad, siempre que mantengas el resto de obligaciones», confirma. Este caso es el más común para todos los perceptores, cuando esta cuantía aumenta, se produce la paralización del paro.. «Si tu viaje dura entre quince y noventa días se suspende la prestación, pero cuando regreses te la seguirán dando aunque también necesitas autorización», señala. En este sentido, es de vital importancia contar con el escrito que acredite toda la información necesaria sobre los pagos previos y aquellos que todavía te pertenecen, además de, por supuesto, la aprobación de la Administración. Sin embargo, ¿qué sucede si el ciudadano excede esta cantidad de día de viaje?. Cuidado con viajes largos: el riesgo que corres. Ramírez es claro en estos casos y menciona las dificultades que puede afrontar un contribuyente que lleve a cabo esta práctica. «Si son más de noventa días es muy difícil que al regresar te vuelvan a permitir seguir cobrándolo», sentencia. Durante este periodo se paraliza el cobro, al igual que en el caso anterior, pero además lo más seguro es que pierdas por completo la prestación. «En definitiva, si estás cobrando el paro ten mucho cuidado a la hora de viajar, no vaya a ser que luego tengas problemas. La clave está en una sola cosa: avisar siempre y respetar los plazos, porque la ley aquí es estricta y no suele perdonar errores», concluye como aviso final para todos los que se encuentren en esta situación o estén pensando en hacerlo.
